Hipotecas titulizadas no Embargables.

Las hipotecas titulizadas no son embargables.

La resolución judicial considera que si una entidad cede íntegramente un préstamo hipotecario a un fondo de titulizaciones pierde el derecho a ser acreedora del mismo y por tanto a reclamarla.
“De conformidad con la Ley 19/1992, sobre régimen de sociedades y fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos de Titulización Hipotecaria, la titulación de un préstamo supone que la entidad que lo concedió deja de ser la acreedora del préstamo, aunque conserve por Ley la titularidad registral y siga manteniendo, salvo pacto contrario, su administración”.

Si no puedes hacer frente a tu hipoteca y el banco ha iniciado un proceso de ejecución de la misma, o incluso ya está en subasta o en fase de deshaucio, puedes oponerte si tu hipoteca fue titulizada, ya que el banco no es el propietario de tu deuda.

Varias sentencias judiciales nos dan la razón, infórmate al respecto, puede ser definitivo para defender tus intereses frente al banco.

Hemos preparado una breve explicación sobre  la titulización de préstamos con garantía hipotecaria.
Intentaremos explicarlo de forma coloquial, para que todos aquellos que nunca hayáis oído hablar de este tema podáis comprender esta problemática.

Empecemos…

¿Qué es una titulización?

Es el proceso en el que una entidad  bancaria que concedió  una serie de préstamos en un determinado tiempo, con el fin de aumentar su liquidez, utilizan el proceso de la titulación, es decir los juntan los préstamos hipotecarios en un paquete y se venden en forma de bonos, deuda pública  y otros, a veces toda la hipoteca en su conjunto, y otras, para diversificar el riesgo, venden tu hipoteca a trozos entre diferentes inversores.

Actores de esta situación…

1.- La entidad bancaria: La que te da el crédito. 2.- La sociedad gestora: Que se encarga de gestionar y administrar el fondo de titulación (la que adquiere el paquete de préstamos que luego vende a los inversores en el mercado financiero) 3.- El bonista: que es el que los compra. 4.- Los deudores, que sin ¨nosotros¨ no hay negocio.

Osea…

El banco cambia los derechos de esas hipotecas (el interés que les pagábamos en nuestra cuota hipotecaria) a cambio de efectivo inmediato (liquidez), para reinvertirlo y seguir el mismo proceso. Forma mágica de hacer más y más liquidez y volver a reinvertirla.

Si tu hipoteca está titulizada (se calcula que lo están el 80% de las hipotecas de la mayoría de entidades españolas), la toma de posesión en caso de embargo por parte del Banco sería nula de pleno derecho, y la adjudicación de la propiedad del inmueble al Banco resultaría asimismo un enriquecimiento injusto.
Por las mismas razones, deberá denegarse la inscripción en el Registro de la Propiedad a favor de la entidad bancaria, no pudiéndose por otra parte hacerlo en beneficio del Fondo de Titulización, al carecer el mismo de personalidad jurídica.

Recuerda: Posiblemente tu vivienda no es embargable aunque no puedas pagar tu hipoteca: Es posible que el banco no sea el legitimo propietario de la deuda, y el Fondo de Titulización propietario no tiene personalidad jurídica para ejecutarla.

¿Cómo puedo saber si mi hipoteca está titulizada?

No es una tarea fácil, debes solicitarlo a tu banco, CNMV, al Banco de España  o incluso podrías hacerlo a través del juzgado, o a través de despachos de abogados especializados.