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Impuestos

Impuesto sobre el Patrimonio (no residentes)

Los no residentes tributan en España por obligación real: solo por los bienes situados en territorio español, básicamente sus inmuebles, restando las deudas ligadas a ellos — una hipoteca sobre la vivienda española reduce la base. El mínimo exento estatal es de 700.000 € por titular (una pareja que compra al 50 % duplica el umbral), y la vivienda habitual no cuenta con exención adicional para el no residente, al no ser su residencia. Desde 2021 los no residentes pueden acogerse a la normativa de la comunidad autónoma donde radica su patrimonio; conviene comparar, porque algunas la bonifican y otras, como la Comunidad Valenciana, aplican un mínimo exento inferior. A partir de 3 millones de euros entra además el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Se declara con el modelo 714.

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